
Hojeando algunos capítulos de La reacción y la revolución (1855), de Pi i Margall, he encontrado material interesante que servirá para enriquecer nuestra Historia del análisis mutualista. Algunos párrafos lo delatan como un auténtico libertario, si bien algo más intervencionista -a corto plazo- de lo que seríamos hoy en materias como la legislación laboral y la educación. Se aprecia la influencia de Proudhon en temas como el libre contrato, la soberanía individual o el derecho de propiedad; bases para una reforma de la sociedad que consistiría en descentralizar el poder y abolir los privilegios económicos. Os pego un fragmento del capítulo VII (la negrita es mía):
Mas examino atentamente las condiciones de esta nueva sociedad, y observo que para fundarla, no sólo es necesario acabar con la actual organización política, sino también con la económica; que es indispensable, no ya reformar la nación, sino cambiar la base; que a esto se oponen infinitos intereses creados, una preocupación de siglos que nadie aún combate, una ignorancia casi completa de la forma y fondo de ese mismo contrato individual y social que ha de sustituir la fuerza; que esta oposición, hoy por hoy, hace mi sociedad imposible. No por esto retrocedo; digo: La constitución de una sociedad sin poder es la última de mis aspiraciones revolucionarias; en vista de este objeto final, he de determinar toda clase de reformas.
¿Me conduce a este objeto la creación de un poder fuerte? Si todo poder es en sí tiránico, cuanto menor sea su fuerza, tanto menor será su tiranía. El poder, hoy por hoy, debe estar reducido a su menor expresión posible.
¿Le da fuerza la centralización? Debo descentralizarlo. ¿Se la dan las armas? Debo arrebatárselas. ¿Se la dan el principio religioso y la actual organización económica? Debo destruirlo y transformarla. Entre la monarquía y la república, optaré por la república; entre la república unitaria y la federativa, optaré por la federativa; entre la federativa por provincias o por categorías sociales, optaré por la de las categorías. Ya que no pueda prescindir del sistema de votaciones, universalizaré el sufragio; ya que no pueda prescindir de magistraturas supremas, las declararé en cuanto quepa revocables. Dividiré y subdividiré el poder, lo movilizaré, y lo iré de seguro destruyendo.
¿Sobre qué legisla hoy el poder público? Hoy legisla aún sobre mis derechos naturales; los pondré fuera del alcance de sus leyes. Hoy legisla aún sobre mi propiedad; la anularé sobre los instrumentos de trabajo, y la proclamaré sobre los frutos de mi inteligencia y de mis manos completamente inlegislable. Rebajaré sin cesar su facultad legislativa; con ella, como es natural, la ejecutiva; y no le dejaré al fin con más atribuciones que la de saldar el debe y el haber de los intereses generales.



